SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2016-S3

Fecha: 16-May-2016

2)

2)   Con relación al art. 133 del CPP, el retraso en el trámite de la causa enmarca una dilación considerable atribuible a los imputados, así se reconoció en el Auto interlocutorio impugnado, al fundamentar que las declaraciones de rebeldía de 9 de abril de 2013 y de 7 de agosto de 2014, interrumpieron la prescripción y el cómputo de la duración máxima del proceso hasta el presente, que es vinculante con la conclusión del proceso en la forma establecida en norma referida supra.