SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
b)
b) Se consideró equivocadamente que en la causa se encontrarían involucrados bienes del Estado para afirmar que no es posible la impunidad, menos la prescripción y por lo mismo dar lugar a la extinción de la acción penal, considerando similares tres conceptos: la prescripción, impunidad y la extinción de la acción penal, y desarrollando un razonamiento equivocado y descontextualizado, cuando no existe norma en la Constitución Política del Estado que haga inviable la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso en los delitos vinculados a la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” -Ley 004 de 31 de marzo de 2010-, además que la retardación de justicia es atribuible exclusivamente a la falta de eficacia en la persecución penal y a la ausencia de control jurisdiccional;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 13
- III.2.
- b)
- d)
- e)
- 2)
- 3)
- 5)
- 6)
- 7)
- CONFIRMAR