SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

a)

Los accionantes a través de su abogado, a tiempo de ratificar íntegramente su demanda, ampliaron la misma, señalando que: a) Con el accionar de los funcionarios policiales, se está vulnerando el derecho al ejercicio de la propiedad, debido a que no pueden usar ni gozar, ni mucho menos disponer de sus vehículos secuestrados indebidamente; b) A petición de la Fiscal de Materia, fueron entregados el mismo día que se interpuso la acción de amparo constitucional, señalando que se mezclaron con otra documentación a momento de entregar la documentación a la Fiscal de Materia que se encontraba de turno en esa oportunidad, pero si se revisa los antecedentes de ese día, se puede evidenciar que el único caso que se encontraba atendiendo la autoridad fiscal y los policiales fue el que nos ocupa y si fuera cierto que ya existían las actas de secuestro donde están las notificaciones realizadas a las partes, nunca se les notificó; y, c) Los accionantes, no pueden usar ni disponer de sus vehículos porque hace casi un mes se encuentran indebidamente secuestrados en la FELCC de Tarata y son esos motivos que les obliga a mencionar escenas y actos que están plasmadas en las declaraciones informativas y en los documentos de informe presentados ante la autoridad fiscal; por lo que, reiteran su solicitud de que se conceda la tutela.