SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2016-S3

Fecha: 20-May-2016

II.4.

II.4.  En cumplimiento del Auto Nacional Agroambiental S1a 23/2014, el Juez Agroambiental de Caranavi del departamento de La Paz, dictó la segunda Resolución 03/2014 de 7 de junio, declarando nuevamente improbada la demanda y probada la excepción de litispendencia (fs. 69 a 70), que fue recurrida en casación por los terceros interesados a través de memorial presentado el 18 de julio de 2014 (fs. 72 a 78 vta.) y contestado por los ahora accionantes y Efraín Cordero Cahuana el 12 de agosto del mismo año (fs. 165 a 169 vta.), mereciendo el Auto Nacional Agroambiental S2a 059/2014 de 6 de octubre, anulando obrados “hasta fs. 155” inclusive, conminando a la referida autoridad judicial remitir los antecedentes conforme los alcances del art. 203 del CPC, a la autoridad jurisdiccional competente, quien deberá emitir una nueva Sentencia (fs. 181 a 183 vta.).