SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

II.3.

II.3.  Por Auto de admisión de 14 de septiembre de 2015, María Consuelo Chacón Schmidt de Méndez, entonces Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, dispuso admitir la demanda en cuanto hubiere lugar en derecho y aceptando contracautela, dispuso medidas precautorias, consistentes en: registro en el SENAPI en calidad de anotación preventiva de la demanda y prohibición de uso de licencias, por el Ministerio de Defensa se suspenda la emisión de autorización de internación al país de juegos pirotécnicos de la marca “BIG TOM THUMBS” que pretendan tramitar los demandados, por la ANB, se circularicé a todas las administradoras aduaneras la prohibición de realizar despachos aduaneros o nacionalización de la marca señalada en relación a los demandados; y, por la empresa Naviera Maerks Line se abstenga de recepcionar mercadería de la marca señalada por parte de los demandados; contra el referido Auto de admisión los codemandados Aleyda Reina Camargo Álvarez, Nemecio Poma Mamani y Emma Adriana Cámara Terrazas, interpusieron recurso de reposición, bajo alternativa de apelación, por memorial presentado el 17 de septiembre de 2015; mismo que fue resuelto por Auto Interlocutorio de 9 de octubre del referido año, que dispuso no ha lugar a la apelación y estando alternativamente formulado el recurso de apelación, se determinó se tenga por interpuesto en el efecto diferido (fs. 419 a 420, 509 y vta, y 799 a 801 vta. de los anexos).