SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

II.4.

II.4.  Mediante memorial presentado el 22 de octubre de 2015, Mirna Martha Gutiérrez Lazarte, en representación legal de la empresa accionante, planteó excepción de convenio arbitral y solicitó la remisión de obrados ante la Cámara Departamental de Comercio, alegando que la cláusula décimo quinta del contrato contenido en la escritura pública 186/2011, establece que la vía conciliatoria es ante la Cámara Departamental de Importadores Pirotécnicos; posteriormente la controversia arbitral ante la Cámara de Comercio; asimismo, con los mismos fundamentos, interpusieron la mencionada excepción a su turno, los codemandados, Adhara Duseyka Torrico, Nemecio Poma Mamani, Guadalupe Rosario Chuquimia de Conde, Mario Fernández Caqueo, Rosario Averanga de López, Aleyda Reina Camargo Álvarez, Ricardo Pascual Heredia Rodríguez, Martha Beatriz Lazarte Rojas y Emma Adriana Cámara Terrazas (fs. 827 a 829, 834 a 836, 841 a 843, 848 a 850, 855 a 857, 862 a 864, 869 a 871, 878 a 880, 885 a 887 y 892 a 894).