Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
Fragmento 10
De la normativa legal mencionada, la educación es de concepto extenso; es un fin del Estado el garantizar el acceso a ésta para todos los bolivianos y las bolivianas en condición de igualdad y sin discriminación, como también es un derecho individual y exigible, asimismo una obligación para los padres el de proveerla a sus hijas e hijos; y, finalmente es obligatoria hasta por lo menos el bachillerato. El derecho a la educación es un derecho fundamental y constituye una función social del Estado, inherente a la persona.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y los principios que la rigen
- III.2. Derecho a la educación
- Fragmento 10
- “Artículo 1°.- (Objeto)
- “(Responsabilidades)
- debiendo además, realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación al proceso de entrega de Diplomas de Bachiller gratuitos
- Ministerio de Educación tiene como una de sus obligaciones: “4. Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación al proceso de otorgación de Diploma de Bachiller Gratuito en todo el país”
- III.4. Análisis del caso concreto
- realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación al proceso de entrega de los mismos gratuitamente.
- “4. Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación al proceso de otorgación de Diploma de Bachiller Gratuito en todo el país
- Fragmento 18
- concedido en parte
- 1° CONFIRMAR en todo