SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
a)
El Juez de Instrucción en lo Penal, Mixto y Liquidador de Magdalena, mediante informe escrito señaló: a) El 25 de febrero de 2016, se apersonó una señora ante su Juzgado, portando una fotocopia legalizada del Auto de Vista 005/2016, solicitando se disponga la libertad a favor del accionante; dado que, el Tribunal de alzada estableció dejar sin efecto el mandamiento de condena; b) Se revisó el citado Auto de Vista, pero éste no ordenaba la emisión del mandamiento de libertad; por el contrario, se declaró improcedente el recurso de apelación restringida; y, se dejó sin efecto el mandamiento de condena emitido por la Jueza que conoció el caso en primera instancia estando en suplencia legal; de igual manera informó a dicha señora que él no tenía el cuaderno de control jurisdiccional del proceso, porque el mismo estaba en la ciudad de Trinidad; c) La jurisprudencia constitucional refiere que no se puede activar al acción de libertad sin antes agotar los mecanismo previos de impugnación; y, d) Se interpuso esta demanda tutelar, sin antes analizar de manera adecuada el Auto de Vista 005/2016, el cual confirmó en su totalidad la Sentencia condenatoria 005/2015.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- . La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley
- al considerar que toda persona es inocente y, en consecuencia, a ser tratado como tal, entre tanto no exista en su contra sentencia condenatoria ejecutoriada.
- Esto implica que únicamente la sentencia condenatoria firme es el instrumento idóneo capaz de vencer el estado de presunción de inocencia del procesado
- Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- Fragmento 20