SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2016-S3

Fecha: 23-May-2016

II.2.

II.2.  Mediante memorial presentado el 20 de abril de 2015, René Vicente Arzabe Soruco representante legal de la hoy accionante, interpuso incidente de nulidad de notificación, alegando que la cédula correspondiente a la Resolución 97/2014, fue recepcionada por la abogada “Roxana Quispe”, quien tiene su oficina frente a la suya, y al retorno de su viaje olvidó hacerle entrega de dicha cédula; por ello, el 17 de abril del citado año, recibió con sorpresa la notificación con la providencia de radicatoria emitida por el Juez Tercero de Sentencia Penal de ese departamento, desconociendo el Auto de Vista que resolvió la apelación restringida, por lo que tras indagar sobre la forma de notificación con dicho actuado, pudo observar que el mismo contiene defectos que no son subsanables, al estar incompleto, existiendo disconformidad entre la copia que acompaña la cédula y la Resolución original, e incluso por la falta de una página (fs. 14 y vta.).