Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S1
Fecha: 30-May-2016
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 07 de 14 de enero de 2016, cursante de fs. 47 vta. a 49, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- improcedente
- II.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- celeridad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- es un mecanismo para la protección y/o restablecimiento inmediato
- o existiendo estos puedan resultar tardíos
- III.4. Análisis del caso concreto
- tutela inmediata opera la aplicación de la excepción a la subsidiaridad
- CONFIRMAR