SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2016-S1
Fecha: 30-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y defensa, al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva; toda vez que, en la demanda ordinaria civil sobre acción reivindicatoria, acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios que interpusieron en contra de Natividad Colque Quispe, y subsiguiente demanda reconvencional sobre usucapión decenal, fue pronunciada Sentencia declarando probada su demanda e improbada la reconvencional y las excepciones perentorias, siendo confirmada en apelación; sin embargo, las autoridades codemandadas, por Auto Supremo 1046/2015-L de 16 de noviembre, casando el Auto de Vista 240/2011 de 8 de agosto, revirtieron dicha decisión, declarando probada la demanda reconvencional sobre usucapión, con base a disposiciones contradictorias, interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1453 del CC, valorando erradamente la prueba, sin realizar una apreciación conjunta e integral de la misma, limitándose a considerar de manera aislada la de descargo; omitiendo considerar la preclusión de los reclamos de la recurrente y que la decisión fue establecida sobre un inmueble diferente al del objeto de la demanda, restringiéndose a señalar que no se cumplió con el art. 250 del CPCabrg, siendo citra y extra petita; y, no señala los motivos por los que cree que la recurrente habría cumplido con el animus y el corpus como requisitos de la usucapión, ni expresa las razones por las que no se pronunció respecto a todas las pretensiones de la recurrente ni a la excepción de prescripción planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada (judicial, administrativa o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.) que resuelva un conflicto o una pretensión, son:
- ‘…la arbitrariedad puede estar expresada en: b.1) una «decisión sin motivación», o extiendo esta es b.2) una «motivación arbitraria»; o en su caso, b.3) una «motivación insuficiente»’.
- ‘b.1)
- b.2)
- b.3)
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- CONFIRMAR