SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
i)
Juan Pablo Zambrana Arce, tercero interesado, a través de su abogado en audiencia señaló lo siguiente: i) La parte recurrente observa que hay un doble pago, pero se preguntó después de seis años de iniciado el proceso y luego de tres años de estar ejecutoriada todas las resoluciones, esta es la vía para venir a exigir un juramento al trabajador previo a cancelar; se preguntó si tiene uno que esperar tres años de la ejecutoria una resolución para venir a presentar supuestos pagos o formularios de la AFP para que se liquide tratando de cambiar una sentencia ejecutoriada; ii) No se escuchó a la parte accionante establecer cuál fue la acción u omisión indebida por parte del Juez Tercero del Trabajo o del Tribunal de apelación que hubiera suprimido u omitido dentro de esta causa, se está planteando estas situaciones en una acción de amparo constitucional cuando todos conocemos que no es la instancia, más aun si nos encontramos a tres años de la ejecutoria de la resolución.
- Ramiro Juan Medrano Cabrera
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos suprimidos o amenazados
- del cual no se haya hecho uso oportuno
- ) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así
- III.2. Sobre el valor de la jurisprudencia emitida por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia
- En efecto, el recurso de casación se constituye en el instrumento a través del cual este órgano jurisdiccional debe cumplir con la función de uniformar la interpretación y aplicación de la legislación ordinaria desde y conforme a la Constitución
- la jurisprudencia proferida en las distintas materias, tiene dos efectos precisamente con el fin de garantizar la igualdad en la aplicación de la ley y el principio de seguridad jurídica a todos los ciudadanos y definir la coherencia interna del sistema de justicia plural. Estos son
- La vinculación vertical del precedente judicial. Esta vinculación implica que los jueces de la jurisdicción ordinaria se encuentran vinculados al momento de asumir sus decisiones por la jurisprudencia, que para el caso concreto análogo, ha dictado el órgano unificador, que en el caso de la jurisdicción ordinaria es el Tribunal Supremo de Justicia
- De donde resulta que la autonomía interpretativa judicial de los jueces se ve limitada y restringida por la vinculación vertical del precedente judicial
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo