SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0613/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

II.4.

II.4.    Por memorial presentado el 13 de agosto de 2013, la Empresa demandada interpuso recurso de apelación contra el Auto de 20 de junio de igual año, solicitando revocar el Auto recurrido (fs. 430 a 431). Recurso que previo el traslado a la parte demandante, por Auto de 27 de agosto del mismo año, fue rechazado en razón a que el memorial de recurso fue suscrito solo por el abogado patrocinante y además porque el recurso fue presentado fuera del plazo establecido por el art. 205 del Código Procesal del Trabajo (CPT), por lo que se declaró ejecutoriado el Auto recurrido (fs. 435 y vta.).