Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-O
Fecha: 13-Jun-2016
HABER LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional; en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar: HABER LUGAR a la denuncia por incumplimiento de la SCP 0003/2015-S1 de 29 de enero, disponiendo que las autoridades demandadas realicen un procedimiento debido, acatando los fundamentos de la referida Sentencia Constitucional Plurinacional y del presente Auto Constitucional Plurinacional, sea en el plazo máximo de cuatro meses computables desde su notificación con éste fallo.
- Pedro Vega Vega
- I.1. Contenido de la denuncia por incumplimiento
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- III.2. Análisis de la denuncia con relación a los alcances de la Resolución emitida por el Juez de garantías
- HABER LUGAR