Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2016-O
Fecha: 13-Jun-2016
II.4.
II.4. Las autoridades del Sindicato Agrario de la comunidad indígena originaria campesina de Santa Ana y de la urbanización “Villa Santa Ana”, mediante memorial presentado el 6 de octubre de 2015, expresaron que fue cumplida la SCP 0003/2015-S1, habiendo tenido que aplicar a Pedro Vega Vega y familia la pena máxima; es decir, su expulsión, tal como lo dispuso el Consejo de Justicia de la indicada Comunidad (fs. 1392 a 1393).
- Pedro Vega Vega
- I.1. Contenido de la denuncia por incumplimiento
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1. El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- III.2. Análisis de la denuncia con relación a los alcances de la Resolución emitida por el Juez de garantías
- HABER LUGAR