Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2016-S1
Fecha: 03-Jun-2016
II.6.
II.6. Cursa el Testimonio 100/90 de protocolización de minuta de transferencia de un lote de terreno de 2000 m2, ubicado en la región Llau LLau, zona Ovejuyo, cantón Palca de la provincia Murillo del departamento de La Paz, que confieren Vicente Mamani Siñani y Aida Yañique de Mamani en favor de “Delia Contreras Jemio”, de 26 de abril de 1990, cuyo documento se encuentra registrado en DD.RR., con partida 06004132, en calidad de anotación preventiva de 12 de mayo de 1990 (fs. 131 a 133 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El derecho a la propiedad privada y las vías o medidas de hecho
- III.3. Sobre los hechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte