Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2016-S3
Fecha: 03-Jun-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 42/016 de 2 de febrero de 2016, cursante de fs. 143 a 148, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jaime Donald Soruco Paniagua en representación legal de Florentino Gómez Ríos contra Norka Natalia Mercado Guzmán y Maritza Suntura Juaniquina, Magistradas de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia; José Romero Solís y Gregorio Orozco Itamary, Vocales; y, Juan Domingo Ferrufino Encinas y Félix Wenceslao Lafuente Aspiazu, ex Vocales, todos de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PARA LUEGO DECIR
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- 2)
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo
- CONFIRMAR