Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2016-S1
Fecha: 03-Jun-2016
II.1.
II.1. Por Sentencia 292/2010 de 6 de mayo, el Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, declaró probada la demanda de daños y perjuicios, interpuesta por “Corporación Industrial SABAYA S.R.L. CORINSA S.R.L.”, representada legalmente por Omar Eid Montaño, con costas, en contra del BCB S.A., disponiendo: que la referida entidad Bancaria, proceda a la devolución a favor de la empresa demandante de la suma de $us 179 655,84.- dentro de tercero día de ejecutoriado el referido fallo y el pago de daños y perjuicios reclamados, cuyo monto se determinará en ejecución de sentencia (fs. 84 a 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales,
- motivación
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada (judicial, administrativa o cualesquier otra, expresada en una resolución en general, sentencia, auto, etc.) que resuelva un conflicto o una pretensión, son:
- ‘…la arbitrariedad puede estar expresada en: b.1) una «decisión sin motivación», o extiendo esta es b.2) una «motivación arbitraria»; o en su caso, b.3) una «motivación insuficiente»’.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2.
- 3.
- 4.
- CONFIRMAR