SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante por medio de su abogado, ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolos refirió que fue desvinculado de su fuente laboral debido a que cinco personas que integraban el Consejo de Administración de COTAP Ltda., señalaron que se habría apropiado indebidamente de recursos económicos, por lo que inició la acción penal por delitos contra el honor contra esas personas -que firmaron su desvinculación-, quienes presentaron excepción de falta de acción que fue declarada fundada y ante la interposición de recurso de apelación, el Tribunal de alzada no realizó su labor de fundamentación eludiendo ingresar al análisis de fondo, lo que ameritaba la emisión de nuevo fallo que resuelva si una persona colectiva puede ser sujeto de sindicación de un delito.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la exigencia de fundamentación de las resoluciones
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos, vale decir, no se le convence que ha actuado con apego a la justicia
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- 1)
- 2)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR