SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2016-S3

Fecha: 14-Jun-2016

i)

Agotada la vía administrativa, considera que se transgredieron sus derechos al debido proceso en sus vertientes: legalidad, motivación, irretroactividad, valoración probatoria en el marco de la razonabilidad y equidad; y, al comercio, manifestando a este efecto tres hechos vulneratorios, a saber: i) El acta de conclusiones no siguió el procedimiento de aprobación establecido en el Tratado Constitutivo del SUCRE; por lo que, no existe la posibilidad de “inferir” que tal acta tiene carácter normativo; ii) El art. 5 del referido Tratado determina que el Consejo Monetario Regional del SUCRE, está constituido por el Directorio Ejecutivo y la competencia de este es de dirección y decisión, por lo cual, dentro de sus facultades específicas no se encuentra la de aprobar actas que comprometan a los Estados; y, iii) El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, no puede ejercitar labor interpretativa de un Tratado Internacional, solo debe cumplirlo porque los mismos están considerados cabalmente dentro del bloque de constitucionalidad.

David Espinoza Torrico, Gerente de Operaciones del BCB, en audiencia manifestó que: i) El pago no fue confiscado, dentro del procedimiento operativo del SUCRE una vez efectuado el pago por el importador vía su banco central, este llega al Banco Central del Exportador, si este banco en función del cumplimiento de la normativa ve que esta operación es legal procede a abonar los recursos en la cuenta del Banco Privado del Exportador, caso contrario el monto es revertido; en consecuencia, este dinero está en manos del importador para que a través de otro mecanismo pueda hacer efectivo el pago; ii) De acuerdo a la normativa nacional e internacional, los únicos que pueden anular las cartas de crédito son los privados y no así los Bancos Centrales; y, iii) El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural a través del Viceministerio de Comercio Interno y Exportaciones envió una “notificación” para que se suspendan ciertas partidas arancelarias.