Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
II.6.
II.6. Consta nota BCB-GOI-SOEXT-DOCC-CE-2015-451 de 15 de mayo de 2015, por lo cual el Gerente de Operaciones Internacionales del BCB comunicó a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Regional del SUCRE, la suspensión temporal de las partidas arancelarias correspondientes a los capítulos 28, 29 y 31 en el marco del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos-SUCRE (fs. 828).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2. De la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando concurre el principio de subsidiariedad
- a) cuando en su oportunidad y en el plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR