Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución 16/2016 de 31 de marzo, cursante de fs. 62 a 66, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Luis Fernando Kanqui Alvarado contra Jorge Luis Antequera Bernal, Juez Público Mixto e Instrucción en lo Penal Primero de Sica Sica, Juana Janneth Cortez Choque, Fiscal de Materia, Eliseo Sarzuri Berna, Director Provincial de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), Rene Loza Mamani y Vitalio Yupanqui Chambi, ambos funcionarios policiales de la FELCC de referida localidad; y, Amalia Ticona Perez y Juan Espinoza Flores, todos del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y el rol de Juez encargado del control de la investigación
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- Fragmento 15
- III.3. De la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- gratuidad
- Fragmento 18
- III.5.1. Respecto a los personas particulares codemandadas y el funcionario policial
- III.5.2. Con relación a la Fiscal de Materia demandada
- INFORMA EL INICIO DE INVESTIGACIONES Y PRESENTA IMPUTACIÓN FORMAL
- CONFIRMAR
- 1° DENEGAR