SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 99/016 de 23 de marzo de 2016, cursante de fs. 56 a 60 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante alega estar siendo sometida a un procesamiento ilegal e indebido; sin fundamentar cual es el nexo de causalidad entre el hecho acusado con el derecho vulnerado; es decir, no explicó de qué manera el Auto de Vista 75/2016 de 23 de febrero, que declaró parcialmente procedente el recurso de apelación manteniendo como subsistente la probabilidad de autoría y los riesgos procesales de peligro para la sociedad inserto en el art. 234.10 y 11 del CPP; b) Consideran imperioso resaltar que el Auto de Vista en cuestión es emergente de un Auto interlocutorio emitido por el Juez cautelar que resolvió la cesación a la detención preventiva; es decir, que la medida restrictiva de libertad deviene de la decisión de una autoridad competente; y, c) El Auto de Vista 75/2016, se encuentra debidamente fundamentado, dentro del marco establecido por el art. 398 del CPP, que determina los límites a los que debe circunscribirse la resolución del Tribunal de alzada de manera congruente, estableciendo que la decisión del Juez de grado se ajusta conforme a derecho, al resolver como subsistentes los riesgos procesales de fuga como peligro para la sociedad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la aplicación de una medida
- jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
- facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
- otra excepción se da cuando la autoridad judicial basa su decisión en una prueba inexistente o que refleja un hecho diferente al utilizado como argumento
- Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.3. Análisis del caso concreto
- PARCIALMENTE PROCEDENTE
- 2)
- CONFIRMAR