Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante expresa que se vulneraron sus derechos invocados en la presente acción de libertad, debido a que, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la supuesta comisión del delito de estafa y estelionato, se encuentra privada de libertad; por cuanto, las autoridades demandadas dictaron Resolución carente de fundamentación y congruencia; y, sin realizar una valoración integral de los elementos probatorios presentados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la aplicación de una medida
- jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
- facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
- otra excepción se da cuando la autoridad judicial basa su decisión en una prueba inexistente o que refleja un hecho diferente al utilizado como argumento
- Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.3. Análisis del caso concreto
- PARCIALMENTE PROCEDENTE
- 2)
- CONFIRMAR