SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2016-S1

Fecha: 23-Jun-2016

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 105/016 de 28 de marzo de 2016, cursante de fs. 272 a 279, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: i) No se cumplió el nexo de vinculatoriedad a ningún derecho; ii) En la acción tutelar interpuesta como en lo argumentado en audiencia, los accionantes pretenden que el Tribunal de garantías actúe como una instancia ordinaria o administrativa, más aun cuando en el último actuado y de manera extemporánea se pretendió ampliar la solicitud de control de convencionalidad; iii) No se pudo determinar a ciencia cierta cuál o cuáles son las pretensiones de los accionantes, en el entendido que su petitorio era imposible de cumplir, ya que se pide que la FUL cumpla la convocatoria a elecciones estudiantiles; empero, incongruentemente en el memorial de demanda señalaron categóricamente que se estuviera haciendo referencia a normas pero que no para que el Tribunal de garantías realice la interpretación de legalidad ordinaria, fue para entender de donde surgían las ilegalidades de los demandados, cuando dicho extremo era necesario para poder ingresar al fondo de la problemática planteada, además debió cumplir con requisitos para facilitar la identificación de la relevancia constitucional del caso, extremo que omitieron hacer; y, iv) La exigencia de que en caso determinar la improcedencia de la presente acción tutelar se especifique qué acciones o recursos de deberían interponer y ante qué instancia, no corresponde al no poder este Tribunal desarrollar tareas de juez, parte o abogado patrocinante.