Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2016-S3
Fecha: 17-Jun-2016
II.2.
II.2. Cursa fotocopia de la SCP 0631/2015-S1 de 15 de junio, a través de la cual la Sala Primera Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional, resolvió: Revocar la Resolución 643/014 de 13 de diciembre -lo correcto es Auto de Vista 216/2014 de 24 de noviembre-; y concediendo la tutela solicitada dispuso “…se emita nueva resolución respecto al art. 234.2 del Código de Procedimiento Penal, considerando los fundamentos desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que por el transcurso del tiempo la situación jurídica de la accionante, ya se hubiese definido” (sic) (fs. 12 a 25).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- los recursos constitucionales no son la vía o mecanismo idóneo para pedir el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares de habeas corpus y amparo constitucionales
- Fragmento 17
- III.3.2. Con relación al Auto de Vista 146/2015
- CONFIRMAR