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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2016-S3

    Fecha: 29-Jun-2016

    2)

    2)  De acuerdo a la previsión de los arts. 180.I de la CPE y 30.6 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), es menester invocar la SCP 0770/2012 de 13 de agosto, a partir de la cual, se tiene que es deber y obligación de toda autoridad jurisdiccional velar por el cumplimiento del principio de legalidad, puesto que su omisión llegaría a quebrantar el ordenamiento jurídico procesal penal.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.    El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones  como elemento del debido proceso
    • Fragmento 15
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • 2)
    • 3)
    • Fragmento 19

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