Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
II.1.
II.1. Mediante Resolución 65/2015 de 18 de febrero, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, declaró probada la excepción de cosa juzgada a favor de Roberto Carlos Landivar Rivas y Luis Fernando Roberto Landivar Roca -hoy terceros interesados-, toda vez que se tiene la existencia de una doble tramitación por el mismo hecho (fs. 25 a 28 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- Fragmento 19