Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo, señaló que no se debe olvidar que cuando Luis Fernando Roberto Landivar Roca -hoy tercero interesado- no solo fungía como Diputado, sino también como representante legal del Banco Internacional de Desarrollo (BIDESA) S.A., tal entidad entró en quiebra causando un presunto daño económico al Estado, de más de Bs80 000 000.- (ochenta millones de bolivianos), tomándose en cuenta que el Estado debió desembolsar dinero para cubrir la presunta quiebra del indicado Banco.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- Fragmento 19