SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2016-S1
Fecha: 06-Jul-2016
ñandereko
El nuevo Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, se funda en la pluralidad y pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. En ese contexto la nueva institucionalidad del Estado Plurinacional debe superar con creces la estructura colonial y, a base del esfuerzo individual y colectivo, todos los órganos e instituciones del poder público, deben promover los principios del suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa) tekokavi (vida buena), ivimaraei (tierra sin mal) y qhapajñan (camino o vida noble), así como ama quilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso, ni seas ladrón); estos principios rectores de la vida en comunidad, es esencia de la nueva administración pública, en aras de garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y protección de las personas, las naciones y pueblos indígenas originario campesinos, en el marco del respeto mutuo y el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- celeridad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- de oficio anularon obrados hasta la admisión de la demanda inclusive
- REVOCAR