Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2016- S1
Fecha: 06-Jul-2016
3)
‘…3) Establezca el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación, arbitrariedad u otra situación absurda, por no aplicar la interpretación que considera debió efectuarse, y los derechos y/o garantías que conforman el bloque de constitucionalidad, y que han sido lesionados con dicha interpretación, explicando sí el resultado, cuál la relevancia constitucional’.
- Alejandro Ortuño Lunario
- INEXISTENCIA de la contravención aduanera por CONTRABANDO
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- no se constituyen en mecanismos o instancias de revisión casacional de la labor de los otros tribunales
- sino cuando se compruebe que esa labor interpretativa resultare insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error manifiesto, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas
- es necesaria la existencia de una carga argumentativa por parte del accionante
- 3)
- precisa presentación por parte de el accionante, que muestren a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción ordinaria
- REVOCAR