SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2016- S1
Fecha: 06-Jul-2016
II.2.
II.2. El 4 de mayo de 2015, (luego de sucesivos recursos de alzada y jerárquicos, interpuestos tanto por el ahora accionante como por la Administración Aduanera), la ARIT Santa Cruz, representada por la ahora demandada Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva Regional, mediante Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0390/2015, resolvió confirmar la RA AN-SCRZI-SPCR-RA 27/2014, descrita en el acápite precedente; y, dispuso el comiso de los ítems en iguales términos a la referida Resolución Administrativa (pronunciamiento emitido como consecuencia de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0110/2015 de 19 de enero, que resolvió anular la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0615/2014 de 27 de octubre) (fs. 833 a 876 vta. del anexo 4).
- Alejandro Ortuño Lunario
- INEXISTENCIA de la contravención aduanera por CONTRABANDO
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- no se constituyen en mecanismos o instancias de revisión casacional de la labor de los otros tribunales
- sino cuando se compruebe que esa labor interpretativa resultare insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error manifiesto, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas
- es necesaria la existencia de una carga argumentativa por parte del accionante
- 3)
- precisa presentación por parte de el accionante, que muestren a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción ordinaria
- REVOCAR