SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2016-S3

Fecha: 04-Jul-2016

III.2. Análisis del caso concreto

En el caso de análisis, el accionante alega la vulneración de los derechos al debido proceso, a la igualdad de oportunidades de las partes, a elegir y ser elegido, al trabajo, a la dignidad humana, a la libre reunión y asociación, al ejercicio de actividad lícita, al ejercicio al cargo, a la igualdad jurídica, al voto, y al sufragio, por cuanto las autoridades ahora demandadas de forma ilegal continuaron con el proceso eleccionario para elegir nuevas autoridades para el Consejo de Administración y Vigilancia de COSEGUA Ltda., y pese a que los candidatos no cumplían con los requisitos habilitantes, se llevó a efecto la elección donde los frentes ganadores fueron posesionados, cuando sus actos resultan nulos, toda vez que el Comité Electoral desconoció la supervisión y fiscalización del ente Electoral, tanto del Tribunal Departamental de Beni como del Tribunal Supremo Electoral, instancias administrativas que desconocieron la legitimidad de dichas elecciones.   

De acuerdo al problema jurídico planteado en la presente acción de amparo constitucional, se evidencia que el ahora accionante denuncia que el Comité Electoral de COSEGUA Ltda., no cumplió con los resultados emitidos dentro de la fiscalización y supervisión que fue ejercida por el Órgano Electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en la Constitución y otras normas, instancia administrativa que no avaló el proceso eleccionario realizado en dicha Cooperativa.    

Ahora bien, de la revisión de antecedentes, se evidencia que el Comité Electoral de la COSEGUA Ltda., convocó a elecciones para renovar los Consejos de Administración y Vigilancia el 18 de junio de 2015; posteriormente, el 15 de julio del mismo año, dicho Comité suspendió las elecciones hasta el 2 de agosto del ya señalado año, supuestamente al no haberse cumplido con los requisitos previstos en la Convocatoria y la Ley de Control y Régimen Electoral; realizada en dicha fecha las elecciones, y finalizado el escrutinio resultaron ganadores dos frentes, el “ESG” para el Consejo de Administración, y el Frente “F y R” para el Consejo de Vigilancia, posteriormente, el Comité Electoral de la COSEGUA Ltda., el 3 de agosto de 2015, procedió a posesionar a los dos Consejos.