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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2016-S3

    Fecha: 04-Jul-2016

    Fragmento 3

    Los accionantes a través de su representante, consideran como lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento de fundamentación debida de las resoluciones, a la defensa, a la “verdad material”, a la “valoración conjunta y armónica de la prueba”, el “principio de última ratio del derecho penal” así como el principio de celeridad, citando al efecto los arts. 115, 173 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • este segundo motivo de la apelación debe ser declarado PROCEDENTE
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.  La acción de amparo constitucional no es otra instancia adicional a los procesos judiciales o administrativos
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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