AUTO CONSTITUCIONAL 0239/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0239/2016-RCA

Fecha: 17-Ago-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 22 de julio de 2016, cursante de fs. 8 a 12, el accionante manifiesta que, en el proceso penal en liquidación seguido por la Empresa de Correos de Bolivia (ECOBOL) contra su persona, por el presunto delito de peculado culposo, malversación, cohecho pasivo propio, uso indebido de influencias y otros, interpuso acción de amparo constitucional contra Sussel Natividad Márquez Moreno, Jueza de Sentencia Penal Séptima del departamento de La Paz.

En la acción de tutela citada, la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 38/15 de 11 de diciembre de 2015, instó a la autoridad ahora demandada a que en el plazo establecido en el procedimiento resuelva el “…requerimiento fiscal…” (sic); sin embargo, la autoridad referida hasta el momento de la interposición de esta acción de cumplimiento, no acató lo dispuesto, por cuanto no notificó a las partes para que impugnen dicho requerimiento; es más, ni siquiera resolvió su excepción previa de prescripción de la acción que fue presentada el 28 de abril de 2011.

Al haber incumplido la determinación asumida por el Tribunal de garantías, la autoridad demandada, vulneró sus derechos a la petición, al debido proceso, a la defensa, al acceso a la justicia y seguridad jurídica; reiteró que, hasta la fecha de presentación de este medio de defensa su referida excepción de prescripción de la acción, no ha sido tramitada ni resuelta, pese a que hasta el presente han transcurrido más de veinte años.