DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2016
Fecha: 11-Ago-2016
compatibilidad
El texto que fue analizado en la DCP 0177/2015, no tenía la redacción de una norma, sino que parecía ser una nota, por lo que se determinó que solamente se eliminara la frase: “del ejercicio de la facultad autonómica”, de la revisión del texto ahora presentado se tiene que se cumplió con lo establecido por la DCP 0177/2015, por lo que se declara la compatibilidad con la Constitución Política del Estado del numeral 4 del art. 29 del proyecto.
El texto reformulado contiene un error de redacción y/o transcripción específicamente en el término “del”, que debe ser “de la”; sin embargo, ello no implica que el contenido del presente parágrafo sea incompatible, ya que se eliminó la frase observada: “del derecho constitucional”, por lo que solamente se trata de un error de redacción que debe ser subsanado, de modo que merece la compatibilidad constitucional.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 1º
- 2° MANTENER
- Genaro Maizares Pereira,
- Fragmento 6
- INCOMPATIBILIDAD
- 2.
- 3.
- a) Identificación el órgano emisor
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- precisamente porque se trata de una situación que alcanza y corresponde a todo el Gobierno Autónomo Municipal, y no solamente al Órgano Legislativo Municipal
- En síntesis, un reglamento del concejo tiene como objeto normar sobre temas internos del mismo, que solamente les corresponden al concejo municipal, por lo que su alcance normativo no puede ni debe prever la suplencia del alcalde o alcaldesa municipal, ya que de hacerlo estaría vulnerando
- por lo que al no presentarse una redacción normativa sobre el numeral 4 del actual art. 28 del proyecto, se mantiene su incompatibilidad con el texto de la Constitución Política del Estado
- compatibilidad
- 11.
- tenemos que la frase
- Fragmento 20
- Control previo de constitucionalidad
- Fragmento 22
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.