El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar su Voto Disidente a la DCP 0105/2016 de 3 de agosto, correlativa a la DCP 0049/2015 de 26 de febrero, respecto al análisis y decisión de los arts. 1, 15, 27.6, 38.11, 67.1, 73.1.2 y 131.II, dentro
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar su Voto Disidente a la DCP 0105/2016 de 3 de agosto, correlativa a la DCP 0049/2015 de 26 de febrero, respecto al análisis y decisión de los arts. 1, 15, 27.6, 38.11, 67.1, 73.1.2 y 131.II, dentro

Fecha: 03-Ago-2016

Fragmento 2

Los fundamentos que sustenta el Voto Disidente a la DCP 0105/2016 son: a) El nuevo modelo de estado plurinacional con autonomías y la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesino (NPIOC); b) La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado; c) Sujeción de la carta orgánica municipal a la Constitución Política del Estado; d) Distritos municipales; y, e) Jerarquía normativa en las cartas orgánicas municipales.