El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar su Voto Disidente a la DCP 0105/2016 de 3 de agosto, correlativa a la DCP 0049/2015 de 26 de febrero, respecto al análisis y decisión de los arts. 1, 15, 27.6, 38.11, 67.1, 73.1.2 y 131.II, dentro
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar su Voto Disidente a la DCP 0105/2016 de 3 de agosto, correlativa a la DCP 0049/2015 de 26 de febrero, respecto al análisis y decisión de los arts. 1, 15, 27.6, 38.11, 67.1, 73.1.2 y 131.II, dentro

Fecha: 03-Ago-2016

leyes nacionales en función del orden competencial

El estatuyente de Villa Alcalá ha reformulado la norma declarada incompatible en la DCP 0049/2015, estableciendo la sujeción de la Carta Orgánica Municipal a la Constitución Política del Estado, pero además la sujeta a las leyes nacionales en función del orden competencial, está disposición es compatibilizada por La             DCP 0105/2016, en el entendido que dicha sujeción en referencia a las leyes no deberá responder a un lógica de subordinación, sino al reparto competencial.