Los suscritos Magistrados manifiestan su disconformidad con los Fundamentos Jurídicos desarrollados en el análisis del caso concreto y la parte resolutiva de la SCP 0062/2016 de 18 de agosto, por lo que expresan su voto disidente bajo los siguientes
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados manifiestan su disconformidad con los Fundamentos Jurídicos desarrollados en el análisis del caso concreto y la parte resolutiva de la SCP 0062/2016 de 18 de agosto, por lo que expresan su voto disidente bajo los siguientes

Fecha: 18-Ago-2016

ámbito de vigencia personal

Sin embargo, cabe advertir que a tiempo de acreditarse la concurrencia del ámbito de vigencia personal de manera genérica concluye que tanto los imputados como el querellante son miembros del municipio de Mojocoya, aduciendo que dicho extremo no fue desvirtuado, teniéndolo por cierto ante la afirmación realizada por la autoridad originaria a tiempo de activar el conflicto de competencia.

No obstante, tal conclusión no considera los antecedentes del proceso penal, toda vez que, no se realiza ninguna mención a que el referido proceso penal es seguido por el Ministerio Público a querella de Alejandro Padilla Donoso, en su condición de Alcalde Municipal de Mojocoya; aspecto que a los fines de la concurrencia de dicho ámbito de vigencia necesariamente debió ser analizado.