SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 23 de mayo de 2016, cursante de fs. 261 a 268, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) La parte accionante no ha cumplido con uno de los requisitos indispensables previstos como sub regla y de cumplimiento obligatorio por el Tribunal Constitucional Plurinacional (SCP 0649/2012 de 2 de agosto) para ingresar a analizar la denuncia de vulneración del derecho a la propiedad por medidas de hecho, consistente en acreditar la titularidad indiscutible no sujeta a disputa ni controversia del derecho cuya tutela se pide; toda vez que, el predio se encuentra en disputa entre los demandantes de tutela, compradores y el municipio del Cercado de Cochabamba en un proceso sometido a la jurisdicción ordinaria actualmente con recurso de casación o nulidad remitido al Tribunal Supremo de Justicia; b) Con relación a los actos o medidas de hecho, la carga argumentativa y probatoria corresponde a la parte accionante (SCP 0649/2012 de 2 de agosto), habiendo presentado en calidad de prueba páginas de periódicos que refieren a conflictos suscitados entre vecinos y la familia Gamboa al haber ingresado esta última conjuntamente comerciantes y presuntos loteadores al predio en disputa, si bien informan que los vecinos se encontraban armados con palos y piedras, no identifican a los ahora accionados como personas que tomaron aquellas medidas de hecho o las hubieran dirigido; y, c) No se demostró objetivamente que los demandados hubieran incurrido en medidas de hecho o justicia por mano propia sobre los predios en disputa.