SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes, mediante su abogado, en audiencia señalaron que de acuerdo con el plano regulador acompañado, demuestran que el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, el año 1957, previamente al planteamiento de un juicio ordinario, declaró en su parte dispositiva que la propiedad en cuestión no era de su propiedad; toda vez que, no se presentó la supuesta titulación en el año 1957, por cuanto el Testimonio 1045 establece que la Alcaldía Municipal de Cochabamba recibió 77 ha de terreno en la zona de la Chimba; sin embargo, al momento de proceder a la inscripción del supuesto título, no regularizó dichos terrenos, sino aquellos que se encuentran en la zona de Villa Coronilla, por lo tanto dicha titulación se encontraría totalmente distorsionada, por cuanto no procedieron a la regularización de las 77 ha que recibieron de la Cooperativa de vivienda Militar sino que parcialmente agarraron porciones de terreno de cada parte para hacer coincidir los 200m2 con los terrenos de su propiedad.