Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.2.
II.2. El 18 de enero de 2016, se reiteró al demandado la solicitud de afiliación por Acta Notarial 03 de 25 de enero de 2016, ante el Sindicato de Trabajadores Fabriles “TERBOL”, conforme a los arts. 51.I de la CPE; 99 y 100 de la Ley General del Trabajo (LGT); 120 y 121 de su Decreto Reglamentario; 96 del DS 22407 de 11 de enero de 1990 y 2 del Convenio 87 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), recepcionado el 25 de igual mes y año, en Secretaría de Laboratorios TERBOL S.A. (fs. 29 a 42).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración constitucional de la acción de amparo
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.3. El derecho a la libertad sindical
- III.4.
- …la ciudadanía tiene una íntima relación con el derecho a la participación política pues a través de esta el ciudadano participa en la elección y conformación de los órganos del poder público y en el ejercicio de la función pública, conforme se aprecia, la ciudadanía no está vinculada a procesos eleccionarios ni de ejercicio de funciones en entidades privadas, pues estas se conforman no en mérito al derecho de ciudadanía, sino a la libertad de asociación. Por lo que si existieran irregularidades en procesos electorales de instituciones de orden privado, ya sean de carácter formal o material, los derechos vulnerados pueden ser de distinta índole según sea el caso, pero de ninguna manera puede vulnerarse el derecho a la ciudadanía, ya que este sólo tiene relación con la participación -como elector o elegible- y ejercicio de la función pública’
- III.5. La legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- la legitimación activa consiste en la identidad de la persona del sujeto activo con la persona a la cual la ley concede el derecho de la acción constitucional
- III.6.
- las autoridades vulneran el derecho a petición cuando:
- REVOCAR en parte
- 2º DENEGAR