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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2016-S2

    Fecha: 08-Ago-2016

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    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • Fragmento 4
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • dado el carácter primario y básico del derecho a la vida, del cual emergen el resto de los derechos, la acción de libertad también se activa en los casos en que exista un real peligro para éste,
    • la acción de libertad en su modalidad de instructiva, se activa ante cualquier amenaza que ponga en riesgo el derecho a la vida, para ello, las acciones y omisiones de servidores públicos y personas particulares, que de alguna manera pongan en peligro la eficacia y la integridad de dicho derecho,
    • No se reconoce cualquier forma de vida, sino únicamente la vida digna, es decir la dignidad acompaña de manera integral al ser humano en su interacción social, es decir en la sal
    • Respecto a los jueces de instrucción en lo penal,
    • Toda autoridad jurisdiccional, sea juez o tribunal de instancia ordinaria
    • En el segundo caso -derecho a la vida-
    • III.4.
    • INFECCIÓN PERIAPICAL DE LA PIEZA 21
    • CONFIRMAR en todo

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