SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 01/2016, cursante de fs. 56 a 58, concedió la tutela solicitada y disponiendo que la autoridad demandada, en el plazo de cuarenta y ocho horas resuelva en forma negativa o positiva lo impetrado a través del memorial de 7 de abril de 2016, con los siguientes fundamentos: 1) De la relación de actuados, se establece que la salud del demandante estaría comprometida a una infección; 2) El art. 238 del CPP, señala que cuando se trata de detenidos preventivos, toda salida debe ser autorizada por el juez del proceso, de lo que se desprende que la autoridad judicial si bien viabilizó la participación del médico forense, la misma no se materializó hasta el presente; 3) La jueza demandada, al providenciar el memorial de 20 de abril de 2016, señalando “‘EL MEMORIAL SEA DE CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PÚBLICO’” (sic), menoscabó y restringió el derecho a la vida y salud del accionante, puesto que esta autoridad tuvo conocimiento de su estado de salud, por el informe odontológico del centro penitenciario; y, 4) Al no existir respuesta positiva o negativa que responda sobre estas peticiones, se ingresó en una serie de dilaciones que pusieron al imputado en una situación de incertidumbre.