SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
III.4. Análisis del caso concreto
Los accionantes a través de sus representantes, denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa, a la vida, a la salud y al principio de legalidad, ya que al estar detenidos preventivamente, a raíz del proceso penal que les sigue el Ministerio Público por la probable comisión de los delitos de incumplimiento de contratos, enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado y favorecimiento al enriquecimiento ilícito, solicitaron cesación a la detención preventiva, que fue resuelta por la Jueza de Instrucción Penal Segunda del departamento de La Paz, mediante Resolución 76/2016, a través de la cual rechazó su solicitud, sin haber fundamentado y motivado su decisión sobre su posible participación en grado de autoría y/o complicidad en la comisión de los hechos ilícitos denunciados y habiéndose referido en su escaso análisis solo a Roly Oscar Gabriel Córdova, por lo que al sentirse agraviados con esa disposición, interpusieron recurso de apelación incidental contra la citada Resolución que fue confirmada por el Auto de Vista 67/2016, en el que los Vocales codemandados no corrigieron las arbitrariedades de la Jueza a quo, debido a que no respondieron a todos los puntos apelados expuestos en el Primer Considerando de dicho fallo, bajo el argumento de estar imposibilitados de ingresar al fondo para considerar el agravio referido al requisito sustancial que hace a la probabilidad de autoría, en tal sentido, creen que ambas resoluciones –ahora denunciadas– son carentes de motivación y fundamentación.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- :
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad, habida cuenta que, conforme lo establecieron las propias Sentencias Constitucionales citadas, el actor debe agotar los mecanismos de impugnación intraprocesales previo a la activación de la acción de libertad
- III.3. Obligación del tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, mantenga o modifique una medida cautelar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo