SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

III.2.  El recurso de casación como medio de impugnación extraordinario

El recurso de casación, como medio de impugnación extraordinario, sólo puede ser planteado en casos y circunstancias determinadas explícitamente en la ley, con la finalidad de restablecer el imperio de la misma al momento de su interpretación o aplicación; su interposición puede obedecer a un recurso de casación en la forma o en el fondo, o de ambas maneras.