Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0777/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
II.4.
II.4. Cursa acta de suspensión de audiencia de cesación a la detención preventiva de 3 de mayo de 2016, donde el Secretario del juzgado informa que el acta de medida cautelar no se encuentra anexado al cuaderno procesal; determinando el Juez demandado, la suspensión de la misma ante la inexistencia del acta de audiencia cautelar; asimismo, ordenó a la oficial de diligencias del Juzgado de Instrucción Penal Primero de Warnes, que llevó a cabo la audiencia en suplencia de la secretaria a objeto de que realice el acta ya mencionada y anexe al cuaderno procesal (fs. 101).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- :
- Fragmento 13
- la frase 'plazo razonable', tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado se encuentra privado de su libertad.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR