SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0784/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0784/2016-S3

Fecha: 05-Ago-2016

1)

Ricardo Pinto Olmos, Juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer de El Alto del departamento de La Paz, en audiencia refirió que: 1) No cuenta con legitimación pasiva para ser demandado por cuanto su autoridad no suscribió la Resolución apelada, no pudiendo firmar el acta respectiva cuando no participó de la misma; 2) Del argumento vertido por la parte accionante se constata que no revisó el cuaderno respectivo, ya que no se refirió a la inexistencia del acta correspondiente, debiendo estar la misma firmada y labrada por la Secretaria de ese entonces -María Encarnación Foronda Monasterios- ni advirtió la parte accionante la falta de firma de la mencionada Secretaria; y, 3) Existe la remisión de una apelación realizada por el Juez suplente -Omar Ramiro Monasterios Alarcón- el 2 de marzo de 2016; sin embargo, dicha remisión fue observada por el Tribunal de alzada, advirtiendo la falta del acta de audiencia de 26 de febrero de igual año y la notificación a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, aspecto que fue recién conocido en la remisión de 21 de marzo del mismo año.