SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2016-S3

Fecha: 15-Ago-2016

a)

El accionante por medio de su representante, ratificó in extenso la demanda de acción de libertad y ampliándola señaló que: a) El 7 de marzo de 2016, presentó memorial ante el Juez ahora demandado, haciéndole conocer la existencia de un acta de audiencia pública en la cual se sometió a un procedimiento abreviado el 12 de septiembre de 2013; empero, dicho Juez no habiendo encontrado tal acta dentro del proceso, a través de la Secretaria de su Juzgado notificó al anterior Juez de garantías sancionado para que el “…Dr. Oliver Juárez Torrico tome las consideraciones del caso…” (sic); b) Después de realizadas las debidas diligencias, el 23 de marzo de 2016, se informó que una vez revisado el expediente no existe la Sentencia y el acta que adjunta en el por tanto refiere “…dicta sentencia condenatoria en contra del ciudadano Adan Oliveira Sosa por el delito de robo (…) debiendo cumplir una pena privativa de libertad de tres años en el centro penitenciario de varones mocoví su reclusión finalizara el 22 de diciembre del 2015, (…) la sentencia adquiere calidad de cosa juzgada entre tanto no sea apelada…” (sic); no obstante, su persona no es responsable de que la Secretaria no haya notificado, además que en audiencia habiéndose leído íntegramente no fueron legalmente notificadas las partes; y, c) El Juez demandado, le llamó para hacerle conocer que ya se había adjuntado la Sentencia y es en enero de 2016, que emitió la primera Resolución, donde ya se tenía conocimiento que estaba sobrepasada la condena impuesta.