Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2016-S3
Fecha: 15-Ago-2016
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
Olga Lidia Julio Cordova, representante del Ministerio Público en audiencia refirió que habiendo escuchado lo indicado por el ahora accionante, si hubo una audiencia de procedimiento abreviado con Sentencia condenatoria, la cual no fue remitida ante el Juez de Ejecución Penal, por cuanto acarrea responsabilidad al anterior Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Beni y sus funcionarios; es por ello que, a fin de no seguir vulnerando el derecho a la libertad del nombrado que ya cumplió con su condena, se conceda la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por ende todo administrador de justicia en ejercicio de sus funciones, se encuentra constreñido a observar los indicados principio, evitando dilaciones indebidas o innecesarias que sólo generen perjuicio al derecho a la vida o la libertad de los procesados
- III.2. Análisis del caso concreto
- JUEZ PRIMERO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL
- CONFIRMAR